Economía

Ley 562 de 2026: nuevos descuentos para jubilados y pensionados en Panamá; conoce los 30 beneficios

Ley 562 de 2026: nuevos descuentos para jubilados y pensionados en Panamá; conoce los 30 beneficios

Por Redacción Panamá Check

El presidente José Raúl Mulino sancionó la Ley 562, que amplía los descuentos y beneficios establecidos en la Ley 6 de 1987. La normativa contempla rebajas en salud, transporte, alimentación, vivienda y servicios básicos, además de multas de hasta B/.5,000 para los comercios que incumplan.

Panamá. Los jubilados, pensionados y adultos mayores en Panamá tendrán acceso a una ampliación significativa de sus beneficios económicos tras la sanción de la Ley 562 del 2 de noviembre de 2026, que modifica y adiciona artículos a la histórica Ley 6 de 1987.

La nueva legislación, sancionada por el presidente de la República, José Raúl Mulino, establece un paquete ampliado de descuentos, exoneraciones y beneficios en áreas fundamentales como salud, medicamentos, transporte, alimentación, vivienda, electricidad, agua, telecomunicaciones y trámites legales.

La norma fue publicada en la Gaceta Oficial Digital N.º 30647 y entrará en vigor seis meses después de su promulgación, es decir, el 2 de mayo de 2027.

La reforma corresponde al Proyecto de Ley 746 y busca aliviar los gastos de las personas adultas mayores, así como fortalecer los mecanismos de protección para garantizar que los establecimientos comerciales cumplan con los descuentos establecidos.

¿Quiénes pueden beneficiarse de la Ley 562 en Panamá?

La legislación establece los siguientes criterios de elegibilidad:

  • Panameñas: mujeres de 55 años o más.

  • Panameños: hombres de 60 años o más.

  • Extranjeras con residencia permanente: mujeres de 57 años o más.

  • Extranjeros con residencia permanente: hombres de 62 años o más.

  • También están contemplados los panameños jubilados o pensionados.

Para acreditar la condición de beneficiario, se podrá presentar alguno de los siguientes documentos:

  • Cédula de identidad personal.

  • Carné de jubilado o pensionado.

  • Carné de residente permanente emitido por el Tribunal Electoral.

 

Los 30 beneficios y descuentos de la nueva Ley 562

La reforma contempla descuentos en distintos sectores de la economía. Estos son los beneficios establecidos en el texto legal:

1. Recreación, hoteles, restaurantes y transporte

  1. 50% de descuento en entradas a cines, teatros, actividades deportivas y espectáculos públicos.

  2. 30% de descuento en autobuses interurbanos, trenes, lanchas y barcos.

  3. 25% de descuento en pasajes aéreos de empresas nacionales y extranjeras.

  4. 50% de descuento en hoteles, moteles y pensiones de lunes a jueves, y 30% los viernes, sábados y domingos.

  5. 25% de descuento en el consumo individual en restaurantes, franquicias nacionales e internacionales. Se excluyen las fondas.

2. Salud, medicamentos y asistencia médica

  1. 20% de descuento en medicamentos, previa presentación de receta médica, salvo los medicamentos de venta libre.

  2. 25% de descuento en consultas de medicina general y especialidades médicas y quirúrgicas.

  3. 15% de descuento en servicios odontológicos.

  4. 15% de descuento en servicios de optometría y oftalmología.

  5. 20% de descuento en exámenes de laboratorio.

  6. 30% de descuento en servicios radiológicos.

  7. 30% de descuento en tratamientos oncológicos, procedimientos, intervenciones, terapias, medicamentos e insumos relacionados con la atención contra el cáncer.

  8. 20% de descuento en prótesis y equipos de asistencia, como sillas de ruedas, muletas, bastones, andaderas, sanitarios portátiles, sillas de baño y camas hospitalarias, entre otros.

3. Préstamos, vivienda y trámites

  1. 50% de descuento en gastos o comisiones de cierre de préstamos personales y comerciales.

  2. Exoneración del FECI en las transacciones de préstamos personales y comerciales contempladas en la ley.

  3. 15% de descuento en la tasa de interés máxima legal permitida para préstamos personales y comerciales.

  4. 1% de descuento en la tasa de interés de préstamos hipotecarios para vivienda de uso propio, sujeto a las condiciones legales.

  5. Congelación del impuesto de inmuebles cuando la propiedad esté a nombre del beneficiario y sea su única vivienda.

  6. Exoneración de la tasa de valorización para la propiedad única que constituya su vivienda.

  7. 20% de descuento en gastos notariales relacionados con trámites de viviendas que cumplan los requisitos del régimen de interés preferencial.

  8. 20% de descuento en gastos de registro relacionados con esos mismos trámites de vivienda.

4. Servicios públicos y telecomunicaciones

  1. 25% de descuento en la factura mensual de electricidad para consumos de hasta 600 kWh. El excedente se cobra a tarifa regular.

  2. 20% de descuento en internet y televisión por cable, para contratos de hasta B/.50.00, a nombre del beneficiario y correspondientes a su vivienda principal.

  3. 20% de descuento en telefonía residencial, bajo las condiciones establecidas en la ley.

  4. 20% de descuento en telefonía móvil, para contratos de hasta B/.30.00, a nombre del beneficiario y de un solo número telefónico.

  5. 25% de descuento en el consumo de agua potable, para cuentas de hasta B/.30.00 que estén a nombre del beneficiario y correspondan a su vivienda.

  6. 20% de descuento en la tasa de aseo, cuando el contrato esté a nombre del beneficiario y corresponda a su vivienda principal.

5. Otros beneficios y exoneraciones

  1. 50% de descuento en el valor de los pasaportes y en el impuesto o tasa de aeropuertos.

  2. 25% de descuento en la compra de ataúdes y urnas, así como en la contratación de servicios funerarios.

  3. 20% de descuento en pañales desechables para adultos, además de exoneración del ITBMS; y exoneración de impuestos de importación e ITBMS en parches hidrocoloides, bolsas de colostomía, aros, sondas urinarias y cremas con receta de un médico especialista.

Otros beneficios contemplados en la ley: también se establece un 20% de descuento en el alquiler, reparación y mantenimiento de equipos de asistencia y movilidad, así como un 15% de descuento en elementos para adecuaciones básicas de accesibilidad y seguridad en la vivienda principal. Asimismo, se contempla la exoneración del 100% de determinados derechos de inscripción en el Registro Público para organizaciones sin fines de lucro de jubilados y pensionados.

Multas de hasta B/.5,000 para comercios que incumplan

Uno de los aspectos más importantes de la reforma es el endurecimiento de las sanciones contra las personas naturales o jurídicas que se nieguen a cumplir con los descuentos establecidos.

La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) será la entidad responsable de recibir y resolver las denuncias, fiscalizar los establecimientos y garantizar el cumplimiento de la legislación.

Las multas establecidas serán:

  • B/.50: monto mínimo de la sanción.

  • B/.5,000: monto máximo de la sanción.

  • Reincidencia: la multa se duplicará por cada nueva infracción.

Los fondos recaudados por estas sanciones ingresarán al Fondo Especial para Jubilados y Pensionados.

Además, los establecimientos deberán mantener en un lugar visible la información sobre los descuentos a los que tienen derecho los beneficiarios.

¿Qué pasa si un comercio ofrece promociones o descuentos?

La Ley 562 también establece una obligación de transparencia para las empresas e instituciones públicas y privadas.

Cuando un establecimiento ofrezca productos o servicios a precios promocionales inferiores a los regulares, deberá anunciar conjuntamente el precio regular y el precio promocional.

De esta manera, el consumidor podrá conocer el valor real del descuento y ejercer sus derechos como beneficiario.

 

 

¿Cuándo comienzan a aplicarse los nuevos descuentos para jubilados?

Aunque la ley ya fue sancionada y publicada en la Gaceta Oficial, los nuevos beneficios no entran en vigor inmediatamente.

El artículo 10 establece que la normativa comenzará a regir seis meses después de su promulgación. Por tanto, la fecha prevista de entrada en vigor es el 2 de mayo de 2027.

Hasta entonces, los descuentos contemplados en la legislación vigente anterior continúan aplicándose.

La aprobación de esta reforma representa un cambio importante en la protección económica de los adultos mayores en Panamá, al ampliar los beneficios existentes y establecer sanciones más severas para quienes incumplan sus disposiciones.